Atención médica y de salud mental en Maryland (DPSCS)
Cómo funciona la atención médica en las prisiones de Maryland: cómo solicitar atención por el proceso de sick-call de la institución, el proveedor contratado, la atención psiquiátrica hospitalaria en el CMHC-J, el proceso de queja Administrative Remedy Procedure y la Office of the Correctional Ombudsman independiente.
La atención médica en las prisiones estatales de Maryland la administra la DPSCS Office of Clinical Services y la brinda un proveedor contratado. La atención abarca tratamiento médico, de salud mental, dental y por consumo de sustancias, con la intención de seguir los estándares de la comunidad desde el ingreso hasta la liberación. Una persona encarcelada que necesita atención la solicita a través de la institución, no a través de un familiar; las secciones siguientes describen cómo funciona eso y cómo plantear un problema.
Solicitar atención médica, de salud mental y dental
La atención comienza con una solicitud de salud (sick call). La persona encarcelada presenta una solicitud —por lo general una boleta de sick-call escrita o electrónica— que describe el problema, y se le programa para ser atendida por el personal médico, dental o de salud mental contratado en la institución. Las solicitudes de rutina se atienden según un calendario; las necesidades urgentes y de emergencia se manejan a través de la unidad médica de la institución en lugar de la línea de sick-call de rutina.
Las familias no pueden programar citas ni obtener expedientes médicos en nombre de la persona sin la autorización de la persona. Aplican las reglas federales de privacidad médica, y por lo general se requiere una autorización firmada por la persona encarcelada antes de que un proveedor hable sobre la atención de esa persona.
Costo de la atención (copagos)
Maryland, como la mayoría de los sistemas penitenciarios, puede cobrar un pequeño copago por ciertos servicios de salud iniciados por el recluso. Los montos de los copagos y las exenciones los fija la política del DPSCS y pueden cambiar.
Esta guía no indica una cifra de copago, porque un monto exacto vigente debe provenir de una fuente oficial en lugar de suponerse. Para confirmar la política de copago vigente —el monto, qué se cobra y qué no, y cualquier exención (por ejemplo, para emergencias, visitas de atención crónica o quienes no tienen fondos)—, consulte la información de la DPSCS Office of Clinical Services o el manual del recluso de la institución, o pregunte en la unidad médica de la institución. La incapacidad de pagar no impide, por política, que una persona sea atendida por una necesidad médica.
El proveedor contratado
El DPSCS no emplea directamente a la mayor parte de su personal clínico; contrata la atención médica y de salud mental en las prisiones. Al momento de escribir esto, el sistema está actualmente contratado con Centurion of Maryland, que empezó a brindar atención en agosto de 2024 bajo un contrato de varios años, en reemplazo del proveedor anterior (YesCare/Corizon).
Los contratos de salud correccional se vuelven a licitar periódicamente y pueden cambiar, y el nombre de la empresa que brinda la atención en una institución dada puede diferir de lo que se indica aquí. La DPSCS Office of Clinical Services supervisa el contrato sin importar qué empresa lo tenga; confirme el proveedor vigente con la institución si ese detalle importa.
Atención de salud mental y el CMHC-J
Los servicios de salud mental van desde la evaluación en el ingreso hasta la atención ambulatoria, las Mental Health Step-Down Units para las personas en riesgo en un entorno de alojamiento tradicional, y las Mental Health Transition Units para las personas próximas a la liberación que se conectan con proveedores comunitarios.
La atención psiquiátrica aguda, hospitalaria, se centraliza en el Correctional Mental Health Center–Jessup (CMHC-J), una unidad de salud mental con licencia ubicada en el complejo de la Patuxent Institution en Jessup. El CMHC-J estabiliza a los hombres encarcelados con necesidades psiquiátricas graves para su regreso a un entorno de población general o de necesidades especiales. La colocación en cualquiera de estos programas es una decisión clínica que toman el DPSCS y el proveedor contratado, no una solicitud que una familia pueda hacer directamente.
Plantear un problema con la atención
Hay dos canales principales para una inquietud sobre la atención médica.
1. El Administrative Remedy Procedure (ARP). El ARP es el proceso interno de queja del sistema penitenciario. Una persona encarcelada presenta una queja de ARP sobre un problema médico, de salud mental o dental en la institución; la queja se investiga y se responde, y una respuesta insatisfactoria por lo general se puede apelar: primero ante el Commissioner of Correction, luego ante la Inmate Grievance Office (IGO). Hay plazos en cada paso, y el ARP suele ser el primer paso obligatorio antes de una revisión externa.
2. La Office of the Correctional Ombudsman (OCO). La OCO es una agencia estatal independiente, creada en 2024 y que opera por separado del DPSCS, que recibe e investiga quejas de las personas encarceladas y de sus familias y puede realizar inspecciones y hacer recomendaciones. En la mayoría de los casos, se debe seguir el proceso interno de queja (el ARP) antes de que la OCO acepte una queja. Las comunicaciones con la OCO son confidenciales. La información de contacto y las instrucciones para presentar una queja están en el sitio web de la OCO (oco.maryland.gov).
Verifique antes de actuar
Fuentes
Esta página se compila a partir de las siguientes fuentes disponibles al público. Las políticas cambian sin previo aviso; confirme los detalles vigentes con la institución antes de basarse en ellos.