Atención médica y salud mental en CDCR
Cómo funcionan la atención médica, dental y de salud mental en las prisiones estatales de California, incluida la regla de que no hay copago, los niveles de atención de salud mental y el proceso de quejas.
Quién brinda la atención
La atención médica en las prisiones estatales de California la brinda California Correctional Health Care Services (CCHCS), no un proveedor privado elegido institución por institución.
- CCHCS brinda servicios médicos, dentales y de salud mental en las instituciones de CDCR.
- El sistema médico penitenciario de California opera bajo la supervisión de un tribunal federal que siguió a un litigio sobre la suficiencia de la atención.
- Cada institución tiene clínicas en el lugar, y los casos complejos se remiten a atención especializada o externa.
Cómo solicitar atención médica
Para los problemas que no son de emergencia, la atención comienza con una solicitud por escrito.
- Presente un Formulario CDCR 7362, el Formulario de Solicitud de Servicios de Atención Médica, disponible en las unidades de alojamiento.
- El personal de enfermería clasifica la solicitud según su urgencia (triaje) y decide con qué rapidez se atiende a la persona.
- Se llama a la persona a la clínica para evaluación, tratamiento, seguimiento o remisión, según el problema.
Las emergencias se manejan mediante una respuesta inmediata del personal, no a través del proceso del Formulario 7362. El personal de la unidad puede enviar a una persona a la atención médica en el lugar, a una enfermería o a un hospital externo.
Sin copago en California
Esta es una diferencia clave respecto de muchos otros estados.
- California no cobra a las personas encarceladas un copago por las consultas médicas o dentales.
- CDCR terminó voluntariamente su copago de $5 en 2019, y la AB 45 codificó el cambio a partir del 1 de enero de 2020, prohibiendo a CDCR cobrar un copago.
- La falta de fondos no es un obstáculo para solicitar atención.
Servicios de salud mental
El Mental Health Services Delivery System (MHSDS, el sistema de prestación de servicios de salud mental) de CDCR ubica a los pacientes en un nivel de atención según la necesidad clínica. Los niveles van desde la atención ambulatoria de rutina hasta la hospitalización.
Niveles de atención, de menor a mayor intensidad
- CCCMS (Correctional Clinical Case Management System): El nivel ambulatorio básico. Los pacientes viven en la población general, tienen un médico principal asignado, reciben contacto individual al menos una vez cada 90 días y tienen seguimiento psiquiátrico para el control de la medicación. Se ofrece terapia de grupo, pero no es obligatoria.
- EOP (Enhanced Outpatient Program): El nivel más alto de atención ambulatoria. Los pacientes viven en unidades de alojamiento separadas, son atendidos por un médico semanalmente y por un psiquiatra o psicólogo mensualmente, y se les ofrece un mínimo de 10 horas de terapia de grupo estructurada cada semana.
- MHCB (Mental Health Crisis Bed): Un programa de crisis para pacientes internos a corto plazo, para estabilización, con una duración prevista de 10 días o menos.
- PIP (Psychiatric Inpatient Program): Atención para pacientes internos que no pueden estabilizarse en un nivel más bajo, brindada en conjunto por CDCR y el Department of State Hospitals.
Cómo funciona la ubicación
- Una evaluación clínica determina el nivel de atención, y el nivel puede cambiar a medida que cambian las necesidades.
- Una persona puede pasar a un nivel de atención más alto durante una crisis y volver a bajar a medida que se estabiliza.
- La atención de salud mental se solicita a través del mismo proceso del Formulario 7362, con las emergencias manejadas mediante una respuesta inmediata del personal.
Quejas y apelaciones
CDCR reemplazó su antiguo sistema de apelaciones de reclusos de tres niveles en 2020. Ahora hay vías separadas para las quejas de atención médica y las que no son de atención médica, cada una con una estructura de dos niveles.
Quejas de atención médica
- Use el Formulario CDCR 602-HC, el formulario de Queja de Atención Médica (Health Care Grievance), disponible en todas las unidades de alojamiento.
- La queja se revisa primero en la institución.
- Un paciente insatisfecho puede escalarla al nivel de la sede central, manejada por la Health Care Correspondence and Appeals Branch (HCCAB) de CCHCS, P.O. Box 588500, Elk Grove, CA 95758.
- Las quejas de atención médica se rigen por el CCR Título 15 §3999.227 y secciones relacionadas, que establecen los requisitos de presentación y respuesta.
Quejas generales (que no son de atención médica)
- Use el Formulario CDCR 602-1, el formulario de Queja (Grievance), disponible en las unidades de alojamiento, las bibliotecas jurídicas de la prisión y las oficinas de libertad condicional (parole).
- Una queja debe presentarse dentro de los 60 días naturales de la acción o decisión que se reclama.
- La Office of Grievances de la institución emite una respuesta por escrito, por lo general dentro de los 60 días naturales.
- Una persona insatisfecha puede apelar ante la Office of Appeals en la sede central de CDCR usando el Formulario CDCR 602-2.
Qué pueden hacer las familias
La defensa desde afuera está limitada por las reglas de privacidad médica, pero no es inútil.
- Lleve registros con fecha de los síntomas, las solicitudes y las respuestas que informe la persona encarcelada.
- Confirme si realmente se ha presentado un Formulario 7362, un 602-HC o un 602-1.
- Para las inquietudes de atención médica no resueltas, la CDCR Office of the Ombudsman ofrece un contacto de asistencia para la atención médica.
- Por lo general, la información médica detallada no se divulga a la familia sin la autorización firmada de la persona encarcelada.
Verifique antes de actuar
Fuentes
Esta página se compila a partir de las siguientes fuentes disponibles al público. Las políticas cambian sin previo aviso; confirme los detalles vigentes con la institución antes de basarse en ellos.